Blog de Noticias

Cómo aprovechar el blanqueo con las mejores condiciones de la historia

Analizado las condiciones del blanqueo y haciendo un estudio integral de la propuesta en conjunto con los cambios propuestos en bienes personales, adherir al régimen es sumamente atractivo

Blanqueo. La regulación indica que por efectivo o bienes valuados hasta u$s 100.000 o su equivalente en pesos a diciembre de 2023 no se pagará impuestos por adherir al blanqueo

En otras palabras, el marco legal incluye mucho detalle sobre la imposibilidad de crear un impuesto nuevo y enfatiza en que el pago adelantado tiene poder cancelatorio del compromiso

Por como quedó reglamentado estamos ante un blanqueo sumamente favorable para el contribuyente ofreciendo una gran oportunidad tanto para quienes estén dispuestos a pagar el tributo (en caso de corresponder) como el que no

El jueves 11 de julio se publicó en el Boletin Oficial el Decreto 608/2024 que reglamenta el paquete fiscal. Seguidamente, CNV, AFIP y el Ministerio de Economía complementaron con mayor detalle la operatoria.

El blanqueo de activos consiste en un mecanismo mediante el cual las personas humanas y/o sucesiones indivisas podrán incorporar en su patrimonio bienes en Argentina (efectivo, inmuebles, acciones, participaciones en sociedades, títulos valores, criptoactivos, entre otros) y/o en el exterior (moneda extranjera, inmuebles, títulos valores, etc).

En caso de tener que regularizar un monto superior a la franquicia, se deberá pagar el impuesto por el excedente, o bien, mantenerlo depositado en una Cuenta Especial de Regularización de Activos hasta el 31 de diciembre de 2025 para evitar el gravamen impositivo. Sobre este punto, el Ministerio de Economía publicó la Resolución 590/2024 detallando los instrumentos en los que deberían permanecer los fondos invertidos para evitar el tributo.

Entre ellos se destacan: títulos públicos soberanos y subsoberanos, acciones, obligaciones negociables, Fideicomisos financieros con la finalidad de inversión productiva, FCI abiertos con cuotaparte especial de blanqueo, fondos cerrados y determinados proyectos inmobiliarios.

El régimen consta de tres etapas, cuyas fechas podrán extenderse por el Ejecutivo nacional. En principio, la ley establece los siguientes periodos:

  • Etapa 1: hasta el 30/09/2024. Alícuota 5%
  • Etapa 2: hasta el 31/12/2024. Alícuota 10%
  • Etapa 3: hasta el 31/03/2025. Alícuota 15%

Las alícuotas aplican sobre el excedente de USD 100.000.

Por otra parte, se aprobó el Régimen Especial de Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) que permite a los contribuyentes pagar en forma adelantada el tributo. Para el caso de los cumplidores, pagarán 0.45% por 5 años (un total de 2.25%) sobre los bienes declarados al 31/12/2023 mientras que los que adhieran al blanqueo, 0.5% por 4 años (un total de 2%) sobre los bienes que se incorporen al patrimonio.

Vale mencionar que, además, se establecieron nuevas alícuotas que reducen la carga tributaria para los próximos años, reducción de la carga impositiva para los cumplidores y un artículo de estabilidad fiscal, que establece que quienes opten por adherirse al REIBP gozarán de estabilidad fiscal hasta el año 2038 respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales y de otro tributo nacional que se cree y que tenga como objeto gravar todos o cualquier activo del patrimonio, no pudiendo ver incrementada su carga fiscal por tributos patrimoniales.

En otras palabras, el marco legal incluye mucho detalle sobre la imposibilidad de crear un impuesto nuevo y enfatiza en que el pago adelantado tiene poder cancelatorio del compromiso.

Llevando a números la comparativa entre adelantar el impuesto o pagarlo cada año, notamos que, dependiendo del patrimonio, pagar por adelantado puede significar un ahorro del 20/25%. Además, durante los 4 o 5 años según corresponda, el contribuyente no deberá presentar declaraciones juradas nuevamente.

¿Cuáles son los beneficios de este blanqueo?

Habiendo analizado las condiciones del blanqueo y haciendo un estudio integral de la propuesta en conjunto con los cambios propuestos en bienes personales, adherir al régimen es sumamente atractivo por los siguientes motivos:

  • El que tiene hasta USD 100.000 para regularizar no paga impuestos y puede disponer del dinero luego del cierre de la primera etapa, es decir, el 1° de octubre.
  • El blanqueo habilita a regularizar cualquier monto sin pagar nada: si se deja invertido en la Cuenta Especial de Regularización de Activos -CERA- en los activos especificados por la reglamentación.
  • El mundo tiene tasas de interés altas: aún teniendo que blanquear más de USD 100.000 y optando por pagar el 5% en la primera etapa, el costo es fácilmente recuperable. Por ejemplo, un Letra del Tesoro de Estados Unidos rinde 5% anual en USD.
  • Libertad para invertir en el mercado de capitales o en la economía real: el contribuyente está habilitado a colocar su dinero en bonos, acciones, inmuebles o cualquier otro activo. A diferencia del blanqueo de 2016, aquellos que decidan permanecer en la Cuenta Especial de Regularización de Activos hasta el 31/12/2025 podrán optar por transferir o retirar los fondos antes de esa fecha pagando el impuesto de 5%. En otras palabras, el contribuyente no queda condicionado a dejar su dinero en un activo financiero en particular hasta una fecha determinada.

Para contribuyentes que solo tengan dinero por declarar en Argentina, existen bonos corporativos argentinos de alta calidad que se pueden adquirir desde la cuenta especial y ofrecen retornos en torno a 7% anual en dólares, lo que supera ampliamente el costo hundido de tener efectivo en una caja de seguridad.

Un ejemplo de este tipo de bonos es Pan American 2032 con un retorno del 7.5% anual en dólares o Tecpetrol con vencimiento en Abril 2026 rindiendo cerca de 7%. Para quien prefiera un fondo común de inversión en dólares, vemos atractivo el FCI Balanz Ahorro USD con una TIR 7.4%. En suma, el contribuyente ahorra el 5% del impuesto y además obtiene un retorno del 7% en promedio.

  • Intercambio de información automático con Estados Unidos: En diciembre de 2022 se firmó el acuerdo FATCA entre Argentina y USA. El Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos (IRS) confirmó que la Argentina cuenta con las medidas de seguridad de datos y la infraestructura adecuada para realizar de manera efectiva el primer intercambio automático de información financiera, programado para el próximo mes de septiembre. En este contexto, darle entidad al blanqueo de capitales es importante para quienes tengan cuentas en el exterior principalmente.

Por como quedó reglamentado estamos ante un blanqueo sumamente favorable para el contribuyente ofreciendo una gran oportunidad tanto para quienes estén dispuestos a pagar el tributo (en caso de corresponder) como el que no.

Por Pablo CASTAGNA — Director de Wealth Management en Balanz Capital.

LINK DE ACCESO DIRECTO A LA NOTA COMPLETA EN EL MEDIO DIGITAL

Cómo aprovechar el blanqueo con las mejores condiciones de la historia

Fuente: DIARIO AMBITO FINANCIERO (3–8–2024)

A. BRAÑA PROPIEDADES

Teléfono fijo 4682–4700

Teléf. Móvil / WhatsApp 4418–2674

Email: abranapropiedades@gmail.com

Web: www.inmobiliariabraña.ar

C. P. I. Alejandro BRAÑA

Matrícula Nº 199
Colegio de Corredores de la Ciudad de Bs. As. (CUCICBA)

Matrícula Nº 689
Colegio Corredores Pdo. La Matanza Pcia. Bs. As. (CMCPLM)

Matrícula Nº 198
Inspección General de Justicia de la Nación (IGJ)

Integrante de la Red Inmobiliaria CABAPROP
Red Exclusiva de Corredores Inmobiliarios Matriculados del Colegio Profesional Inmobiliario CABA (CPI — CUCICBA)

Integrante Sistema Inmobiliario SOM — Club de Inmobiliarias S.A.
Servicio de Ofertas Múltiples de la República Argentina

Miembro de 777 REAL ESTATE — RED INMOBILIARIA

Socio Sistema Inmobiliario LUGANOPROP — LUGANOVIVE
Inmobiliarias de Villa Lugano Interconectadas

Socio Nº 4579
Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) y RED NACIONAL CIA

Socio Nº 90 Sistema Inmobiliario CECIN
Centro de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Bs. As.

Integrante Sistema Inmobiliario A.P.I.
Asociación Profesionales Inmobiliarios de la República Argentina